
D.N.I o pasaporte (N.I.E para extranjeros)

Cuenta bancaria española.
Reserva: Documento privado entre el comprador y el vendedor mediante el cual se efectúa la reserva de la vivienda donde incluirá la forma de pago, fecha estimada para el intercambio de contratos y finalización, acompañado por una cantidad de dinero (habitualmente de 3.000€ - 6.000€), la cual es pagada por el comprador para demostrar al vendedor una intenciónn real de compra.
Contrato de arras: Un contrato privado de compra-venta crea un acuerdo vinculante entre el comprador y el vendedor, estableciendo el precio de venta acordado, una fecha de finalización y establece los términos y condiciones de la venta. En el momento de la firma, el comprador pagará una señal del 10% del precio de venta. Una vez que se haya pagado el 10%, si el vendedor se retira de la venta, está obligado a pagar el doble.
Notaria: La operación de Compra-Venta se finaliza, una vez que usted firma ante un notario. En ese momento se le entregará una Copia Simple de la Escritura y las llaves de la casa. En un plazo aproximado de un mes su propiedad será inscrita en el Registro de la Propiedad y se le entregará las escrituras originales definitivas.